Actuaciones  Integradas

COMUNIDAD VALENCIANA

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Actuaciones Integradas

CONTENIDO

Artículo 14. Actuaciones Integradas

Artículo 117. Objeto, ámbito y oportunidad de la formulación de los Programas para el desarrollo de Actuaciones Integradas

Artículo 118. Iniciativa para la tramitación de programas de actuación integrada

Artículo 119. El urbanizador

Artículo 120. El empresario constructor

Artículo 121. Requisitos para la promoción de programas de actuación integrada mediante gestión indirecta

Artículo 122. Solvencia económica y financiera del urbanizador

Artículo 123. Solvencia técnica y profesional
Artículo 124. Objetivos imprescindibles y complementarios del Programa
Artículo 125. Documentación integrante de los Programas para el desarrollo de Actuaciones Integradas
Artículo 126. Contenido de la Alternativa Técnica
Artículo 127. Contenido de la Proposición Jurídico-económica
Artículo 128. Iniciativa pública en la formulación de los Programas
Artículo 129. Iniciativa particular
Artículo 130. Inicio del procedimiento
Artículo 131. Bases reguladoras de la gestión indirecta de programas de actuación integrada
Artículo 132. Anuncio de concurso
Artículo 133. Proposiciones de los interesados y plazo para su presentación
Artículo 134. Información pública de los documentos de ordenación
Artículo 135. Criterios para la adjudicación del Programa de actuación integrada
Artículo 136. Actuaciones previas a la adjudicación del programa de actuación integrada
Artículo 137. Adjudicación y aprobación del Programa de actuación integrada
Artículo 138. Formalización del contrato para el despliegue y ejecución de los programas de actuación integrada
Artículo139. Adjudicación conexa o condicionada
Artículo 140. Garantías
Artículo 141. Cesión de la adjudicación
Artículo 142. Subcontratación
Artículo 143. Penalidades por incumplimiento. Resolución de la adjudicación del Programa
Artículo 144. Las Agrupaciones de Interés Urbanístico
Artículo 145. Registros de Programas y Agrupacionesde Interés Urbanístico
Artículo 146. Programas para el desarrollo de Actuaciones Aisladas
Artículo 147. Reglas generales del Programa de Actuación Aislada
Artículo 148. Legitimación para la formulación de Programas de Actuación
Artículo 149. Garantías
Decreto 201/1998, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana
Artículo 103. Actuaciones Integradas

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